Monumento Natural Cueva Deboyo
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Cueva Deboyu
- Año de declaración
- 2003
- Normativa de declaración
- Decreto 39/2003, de 22 de mayo, por el que se declara Monumento Natural la Cueva Deboyo (Caso). Boletín de 9 de junio de 2003.
- Instrumento de gestión
- Decreto 162/2014, de 29 de diciembre, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Redes (ES 1200008) y se aprueba el I Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en los concejos de Caso y Sobrescobio. Boletín Nº 3 del lunes 5 de enero de 2015.
- Municipios
- Caso
- Superficie
- 2,6 ha
El Monumento Natural de la Cueva Deboyo se localiza en el concejo de Caso en el Parque Natural de Redes.
Se trata de una cavidad kárstica excavada en el río Nalón a su paso por la localidad de Les Llanes. Se sitúa a 544 m de altitud, tiene unos 200 metros de longitud, y por su interior discurre el río Nalón, constituyendo una formación geológica de notable singularidad.
Vegetación
En el crestón calizo bajo el que se localiza la Cueva Deboyo se desarrollan, en aquellas zonas con mayor pendiente y por tanto menor potencia edáfica, complejos de vegetación calcícola, y aulagares en las zonas en las que el suelo presenta mayor espesor.Fauna
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN
La gestión recae en el órgano de la Administración Autonómica competente en materia de espacios naturales protegidos y, en lo no contemplado en los decretos de Declaración del Monumento Natural, en los órganos de gestión del Parque Natural de Redes.
MEDIDAS DE GESTIÓN
Este Monumento Natural fue declarado por Decreto 39/2003 y su Instrumento de Gestión corresponde al aprobado por Decreto 162/2014, de 29 de diciembre, por el que se declara la Zona Especial de Conservación Redes (ES 1200008) y se aprueba el I Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en los concejos de Caso y Sobrescobio.
En el Instrumento de Gestión Integrado se establece que el Monumento Natural tiene la consideración de Zona de Uso General, dentro de la zonificación establecida para el Parque Natural de Redes, estableciendo además su régimen de usos teniendo en cuenta las siguientes singularidades:
Usos prohibidos:
- Las captaciones de agua e infraestructuras hidráulicas que puedan suponer una alteración importante del régimen natural de caudales del río.
- La realización de vertidos, el derrame de residuos, la instalación de escombreras y otros acúmulos de materiales o la utilización de productos que alteren las condiciones de habitabilidad, funcionalidad o características estéticas del espacio natural protegido.
- La instalación de carteles publicitarios.
Usos autorizables:
- El acceso a la cueva.
- Las obras de limpieza, restauración, acondicionamiento o protección del Monumento.
- La instalación de placas y carteles de carácter informativo y divulgativo. La señalización se realizará, si tuviese lugar, con un diseño y características que estén integrados con el paisaje del entorno.
El ámbito geográfico de Monumento Natural se encuentra además incluido en el de la Zona de Especial Conservación Redes (ES1200008). Este hecho implica la existencia de una serie de hábitats y taxones de interés para los que se ha considerado necesario establecer una serie de medidas de gestión orientadas a minimizar el efecto de las amenazas detectadas sobre ellos y que también se recogen en su Instrumento de Gestión Integrado.
OTRAS NORMAS DE GESTIÓN
Además de la normativa propia de este espacio natural, en este territorio son de aplicación otras normas relativas a la conservación de aquellas especies protegidas que en él habitan y que cuentan con regulación especifica.