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Parques Nacionales

La figura de Parque Nacional fue creada en Estados Unidos en 1872 con la declaración de Yellowstone. En cuanto a la Red de Parques Nacionales españoles, nació en Asturias en 1918 a instancias de Pedro Pidal, Marques de Villaviciosa, promotor de la declaración de la Montaña de Covadonga, el origen del actual Parque Nacional de Picos de Europa.

La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, los define como aquellos espacios naturales de alto valor ecológico y cultural, poco transformados por la explotación o actividad humana que, en razón de la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora, de su fauna, de su geología o de sus formaciones geomorfológicas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, culturales, educativos y científicos destacados cuya conservación merece una atención preferente y se declara de interés general del Estado.

Gestión de los Parques Nacionales

Los Parques Nacionales son lugares que se declaran como de interés general de la Nación, por poseer ecosistemas representativos del patrimonio natural e incluir algunos de los principales sistemas naturales. Su declaración y su consideración como de interés general, se efectúan por Ley de las Cortes Generales, pasando a formar parte de la Red de Parques Nacionales.

Con la finalidad de que la totalidad de los Parques Nacionales sigan un mismo modelo general de conservación y gestión, nace el Plan Director de Parques Nacionales, documento que reúne los criterios generales de gestión y planificación que deben seguir todos los espacios que forman la Red y que posee una vigencia de siete años.

La Red de Parques Nacionales cuenta con un órgano de coordinación y gestión global dependiente del ministerio con competencias en medio ambiente, denominado Organismo Autónomo. Dicho organismo es el responsable de la ejecución del Plan Director. Existe además un órgano consultivo presidido por el ministro competente y en el que se encuentran representados la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, y la sociedad en general a través de los Patronatos, que es el denominado Consejo de la Red de Parques Nacionales y cuya misión fundamental es garantizar el buen funcionamiento de la Red.

La gestión y organización de los Parques Nacionales corresponde directamente a las Comunidades Autónomas en cuyos territorios estén situados. Salvo en los declarados en aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, cuando el ecosistema protegido carezca de continuidad ecológica con la parte terrestre o la zona marítimo-terrestre, en cuyo caso la gestión recae sobre la Administración General del Estado.

De acuerdo con la normativa vigente, en aquellos casos en que un Parque Nacional se extienda por el territorio de dos o más Comunidades Autónomas, éstas deben establecer de común acuerdo las fórmulas de colaboración necesarias para asegurar la aplicación del principio de gestión integrada. Tal es el caso del Parque Nacional de Picos de Europa, en cuyos órganos de gestión están representadas autoridades administrativas de las tres Comunidades Autónomas a las que pertenecen los territorios declarados: Asturias, Cantabria y Castilla y León.

La gestión coordinada entre administraciones se regula a través de sus órganos de participación, gestión y coordinación: El Patronato del Parque, como órgano de participación, y los Co-Directores, el Director-Conservador, el Comité Técnico y la Comisión de Gestión, como órganos de gestión.

En la Comisión de Gestión están representadas autoridades administrativas de las tres Comunidades Autónomas. Cuenta además con tres Co-Directores, uno por cada una de ellas, que se turnan para ejercer la función de Director-Conservador, que lleva a cabo funciones de representación.

El instrumento básico de planificación de los parques nacionales es su Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) En él se establece la regulación de los usos y las actividades que se pueden desarrollar, la normativa para la protección de sus recursos naturales y las líneas generales de gestión para garantizar su conservación, el desarrollo sostenible de las poblaciones de su entorno, así como la compatibilización del uso público y el turismo con la protección del medio natural.

Se ha de mencionar que en la actualidad es de aplicación el Real Decreto-Ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, que establece que de solaparse en un mismo lugar distintas figuras de espacios protegidos, sus normas reguladoras y sus mecanismos de planificación deberán ser coordinados, por lo que su gestión se realiza a través de Instrumentos de Gestión Integrados, en los que se conjuga la de todos los espacios protegidos que coinciden territorialmente en menor o mayor grado.

Parque Nacional de los Picos de Europa

En lo que respecta a Asturias, el 22 de julio de 1918, a instancias de Pedro Pidal Bernaldo de Quirós, Marqués de Villaviciosa, y en conmemoración del duodécimo centenario de la Batalla de Covadonga, el rey Alfonso XIII rubrica la Ley de creación del Parque Nacional de la Montaña de Covadonga, consagrando un lugar único en el mundo, en el cual sea posible la contemplación de animales salvajes viviendo tranquilos en su ambiente natural y sin ser molestados por nadie. Así, el macizo de Peña Santa se convirtió en el primer espacio natural protegido del País.

En el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias (PORNA) se proponía que la totalidad de la unidad territorial de los Picos de Europa se integrase bajo esta figura de protección. A tal fin, el 30 de mayo de 1995, las Cortes Generales aprobaron, por Ley 16/1995, la declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa

El Parque Nacional de los Picos de Europa está integrado por terrenos pertenecientes a las provincias de Asturias, León y Cantabria y tras su reciente ampliación en la parte asturiana en el año 2015 ocupa una extensión total de 67.455 ha. Casi el 40 % de su superficie pertenece al Principado y se distribuye por los municipios de Amieva, Cangas de Onís, Onís, Cabrales, Peñamellera Alta y Peñamellera Baja.

Se puede consultar la información completa del Parque Nacional en su portal web oficial.

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