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Monumento Natural Yacimientos de Icnitas

Este yacimiento se extiende a lo largo de más de 44 kilómetros de costa, entre los concejos de Gijón y Ribadesella.

Los yacimientos de icnitas de dinosaurios de Asturias reúnen una serie de vestigios fosilizados de una actividad vital que tuvo su desarrollo en el período Jurásico, hace más de 150 millones de años. Presentan un conjunto de características que hacen de ellos un ejemplo único a la hora de reconstruir lo que fue la vida de una comunidad de criaturas sorprendentes que poblaron, en esa edad geológica, las tierras de nuestra Región.

El buen estado de conservación, la amplia variedad morfológica y el elevado número de huellas conservadas, sitúan a los yacimientos asturianos de icnitas a la cabeza de los más importantes de España de edad jurásica.

Estos Yacimientos de Icnitas constituyen un patrimonio paleontológico de excepcional interés científico y cultural, que además no puede sustraerse al interés turístico que presentan, ayudado por la calidad ambiental del entorno en que se encuentran. 

Flora y vegetación

En el ámbito del monumento natural se pueden definir las tres cinturas de vegetación características de los acantilados litorales: la cintura de vegetación halocasmofítica, cuya especie más representativa es Crithmum maritimum, la cintura de praderas aerohalófilas de Festuca rubra subsp pruinosa, y la cintura de matorrales aerohalófilos de Ulex europeus var. maritimus.

Fauna

La línea costera entre Gijón y Ribadesella, donde se ubica este espacio, es rica en especies de aves marinas, a lo largo del año pueden verse especies tales como Gaviota patiamarilla (Michahellis lusitanius), Colimbo chico (Gavia stellata), Colimbo grande (G.immer), Charrán patinegro (Sterna sandvicensis), Charrán común (S. hirundo), Pardela balear (Puffinus mauretanicus), Arao común (Uria aalge ibericus (albionis)), Paíño europeo (Hydrobates pelagicus), Cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis), entre otras.

Entre los mamíferos destaca la presencia en alguna playa de la nutria paleártica (Lutra lutra), siempre asociada a la desembocadura de algún arroyo. Mientras que en la zona marítima de este espacio puede observase ocasionalmente la presencia de grupos de delfín mular (Tursiops truncatus).

 

Órgano de administración

La administración y gestión de este Monumento Natural corresponderá a la Consejería en la que recaigan las competencias en materia de espacios naturales protegidos.

Medidas de gestión

El Monumento Natural de los Yacimientos de Icnitas, aprobado por Decreto 45/2001, se encuentra parcialmente incluido en el de la Zona de Especial Conservación Yacimientos de Icnitas (ES1200047), estando su gestión regulada por su propio decreto de declaración y por el I Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en el tramo costero ligado a los Yacimientos de Icnitas, aprobado por Decreto 170/2014.


La autorización de cualquier actividad o proyecto que afecte al Monumento Natural o su ámbito de protección, deberá ser sometida preceptivamente a informe del órgano de la administración con competencias en materia de espacios protegidos.
Asimismo, y en tanto no contradigan lo dispuesto en la Ley 22/88, de 22 de julio, de Costas, en el Monumento Natural
sólo se podrá permitir:

a. La instalación de placas y carteles de carácter científico y divulgativo.
b. Las obras de acondicionamiento o protección de los yacimientos.
c. Las obras de mejora o acondicionamiento de los itinerarios de acceso.

Estas actuaciones requerirán la autorización del órgano de la administración con competencias en materia de espacios protegidos, que, en su caso, podrá requerir al interesado la entrega de un estudio paleontológico, realizado por profesional competente, en el que se determinen las posibles afecciones que la actuación pueda originar sobre las zonas de interés paleontológico, sin perjuicio de las medidas correctoras que para los distintos tipos de actuaciones puedan imponerse.

Las prospecciones, excavaciones e investigaciones de carácter científico, así como la eventual extracción o recogida de aquellas icnitas que presentaran riesgo de pérdida o deterioro de su estado de conservación, deberán ser expresamente autorizadas, previa presentación de un programa de actuación detallado y coherente, que contenga los requisitos concernientes a la conveniencia, profesionalidad o interés científico.
La autorización para realizar prospecciones o excavaciones obliga a los beneficiarios a entregar las piezas obtenidas, debidamente inventariadas, catalogadas y acompañadas de una memoria al museo o centro que la Administración competente determine.

Las restantes actividades o usos que se desarrollen en la zona de protección de costas no tendrán otras limitaciones que las que imponga la legislación sectorial correspondiente. 


Por estar el Monumento parcialmente incluido en el de la Zona de Especial Conservación Yacimientos de Icnitas (ES1200047) se ha de tener en consideración además la existencia de una serie de hábitats y taxones de interés para los que se ha considerado necesario establecer una serie de medidas de gestión orientadas a minimizar el efecto de las amenazas detectadas sobre ellos.

Otras normativas de gestión

Además de la normativa propia de este espacio natural, en este territorio son de aplicación otras normas relativas a la conservación de aquellas especies protegidas que en él habitan y que cuentan con regulación especifica. 

Zona Especial de Conservación Yacimientos de Icnitas (ES1200047)
Zona Especial de Conservación Ría de Ribadesella-Ría de Tinamayor (ES0000319)
Zona de Especial Protección para las Aves (ES0000319)
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