Monumento Natural Tejo de Lago
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Tejo de Lago
- Año de declaración
- 1995
- Normativa de declaración
- Decreto 76/1995, de 27 de abril, por el que se declara el Monumento Natural del Tejo de Lago (Allande). Boletín de 6 de junio de 1995.
- Instrumento de gestión
- Decreto 76/1995, de 27 de abril, por el que se declara el Monumento Natural del Tejo de Lago (Allande). Boletín de 6 de junio de 1995.
- Municipios
- Allande
- Superficie
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El tejo centenario de Lago crece junto a la pequeña iglesia románica de Santa María, del siglo XVIII, ubicada en la aldea de Lago, a 12 km de Pola de allande, en la carretera que va en dirección a Grandas de Salime, dentro del concejo de Allande.
Este ejemplar posee unas dimensiones de 16 metros de altura total, 5,25 metros de diámetro normal y 9 metros de diámetro de copa.
ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN
La administración y gestión de este Monumento Natural corresponde a la Consejería en la que recaigan las competencias en materia de espacios naturales protegidos.
MEDIDAS DE GESTIÓN
Las medidas de gestión del Monumento Natural se incluyen en su propio Decreto de declaración, en el que también se establece una ámbito de protección con forma de círculo de 25 metros de diámetro en torno al árbol.
Con carácter general, quedan prohibidas las siguientes actividades:
a) Las que afecten a la integridad del ejemplar:
I. Tala.
II. Podas.
III. Descortezado, rajado o alteración de la corteza, inscripciones, etcétera.
IV. Causar heridas al árbol (clavar carteles u objetos, golpeando con herramientas o instrumentos punzantes, etcétera).
V. Usar su tronco o ramas para sujetar cables o soportar cualquier otra estructura.
VI. Realizar excavaciones u obras de otro tipo que puedan causar daño a las raíces.
VII. Cualquier otra actuación que pueda comprometer en cualquier grado la vida del árbol, o que afecte a su porte o apariencia natural.
b) Las que afectan a su entorno inmediato:
I. La tipología de las edificaciones situadas en el entorno directo del árbol (estructuras, materiales, colores, etcétera).
II. Levantar edificaciones u otras estructuras permanentes que afecten a la visibilidad del árbol o transformar su entorno directo.
III. Cualquier otra transformación del carácter del entorno (tendidos eléctricos, telefonía, etcétera).
OTRAS NORMAS DE GESTIÓN
Se ha de tener en cuenta además que el tejo (Taxus baccata) está catalogado como especie de interés especial en el Catálogo Regional de Flora Amenazada de Asturias y que cuenta con un Plan de Manejo aprobado por Decreto 145/2001, en el que se establecen medidas concretas de gestión para la especie.